martes, 18 de mayo de 2010



Mariana - 06-11-2009 - 19:32:53h
Protesté con pancartas la especulación llevada en el barrio del Guinardó desde mi pequeño comercio.Les fastidié retrasandoles derribos,pero el resultado final fue que por sorpresa 4 furgones de la policia urbana más varios funcionarios del Ayuntamiento de Barcelona se personaron en mi comercio y en 3 minutos me sacaron a la fuerza esposandome y conduciondome a los calabozos de las Corts,estando incomunicada durante 18 horas.Vil venganza.



Montilla pide ayuda a los empresarios para combatir la corrupción "más allá de la ley"

FRANCESC ARROYO 26 comentarios

El presidente de la Generalitat reclama por mail a los militantes del PSC que no se desmotiven




FIN DE LA CAMPAÑA DE DESPRESTIGIO

El Colegio de Abogados archiva la queja contra los ex-letrados de la AVT

ÁNGELA MARTIALAY



miércoles, 28 de abril de 2010

AxJ partido político

13 de Noviembre de 2009
CARTA ABIERTA para dar a conocer las Injusticias realizadas con nuestros impuestos, mas de 15 años cumpliendo con todos los pagos de impuestos, incluso de las tasas particulares: SGAE Y CCB, para después utilizarlo en comprar o coaccionar a los abogados que me tenían que haber representado, como si las coacciones con las que me presionaron no hubiese sido suficiente, Empresa privada ejerciendo ilegalidades con nuestro dinero Publico: FOmento de CIutat VElla S. A.




Denuncias puestas Gracias a la ayuda impagable del Partido Político Acción por la Justicia AxJ.







































lunes, 14 de diciembre de 2009

A Garzón por presunta conexión con Pretoria

Jesús García Hernández
C/ Hospital, 104-108,
8001 BARCELONA
933299406 - 659609988

BALTASAR GARZON

AUDIENCIA NACIONAL

A/A:

Excelentísimo Sr. Juez:

Ilustrísimo Don:

Quiero exponerle nuevamente mas información de la expresada en la carta con fecha de recogida: 03/02/2009 y número: G9840000008829

Conexión con el caso PRETORIA.

Como ya le expuse me siento pisoteado, vilipendiado, etc, por un Abuso de Poder, Demencial (sintiéndome reflejado en las encarceladas Chinas en hospitales Siquiátricos, por reivindicar sus derechos), suerte que Pilar Rahola dijo bien alto en tv3: “que todos los casos de Corrupción destapados en Cataluña, los estaban investigando Jueces y Fiscales de fuera de Cataluña, menos mal que no somos independientes, ....”; pues todas las denuncias puestas por mi en Cataluña, son archivadas automáticamente.

También ha influido la Omisión del deber, deslealtad, y traición de la “supuesta” defensa Letrada, denunciado en el ICAB, también Archivada; Denuncio que: mi propia defensa Letrada, me oculta pruebas (indefensión), favoreciendo a la parte contraria, que consuma la expropiación fraudulenta del local de mi negocio. Estos últimos abogados, el gabinete PIBERNAT ADVOCATS, La titular denunciada en el ICAB: Anna Maria Pibernat Bartés, Secretaria de la Junta de Gobierno del ICAB, (Publicado en http://www.togas.biz/articulos/Institucional/Colegios-y-Entidades-Profesionales/Entrevista-a-Anna-M--Pibernat--Secretaria-de-la-Junta-de-Gobierno-del-Col-legi-d--Advocats-de-Barcelona-----Trabajamos-para-integrar-el-Col-legi-en-la-sociedad-civil-----Redaccion-Togas.html), con la dirección del despacho: calle Irlanda, 129, 1ª; expropiado por quien ahora están en prisión, caso PRETORIA, en Sta. Coloma Gramenet 08923. ¿Obtuvieron trato de favor en las negociaciones de la expropiación, por no defender mi caso? (http://diariodelostrabajadores.over-blog.es/article-30105893.html)

Revisando una y otra vez los documentos creo que los Jueces, pueden presuntamente haber hecho prevaricación:

1 – D. EDUARDO PARCIO RALLO, Magistrado Juez del Juzgado Contencioso-Administrativo 12 de Barcelona. Y Dª. MARÍA ASUNCIÓN SOL ORDIS, Secretaria del Juzgado Contencio-Administrativo12 de Barcelona.

Se denuncia lo que para esta parte es una continuación abusiva, tanto de engaños, como del uso fraudulento de los Tribunales para conseguir un desalojo irregular del local Bajo 1ª, sobre el cual nunca se da orden, ni corresponde la valoración de la parte contraria que se hizo sobre otro local 50 % mas pequeño, que el mío, del que me expulsan con Abuso de Autoridad, y carga policial.

- La autorización era para un local ajeno al denunciante, yo mismo.

- La modificación de la interlocutoria vulneró la norma legal, ya que la misma debió instarse por nuevo procedimiento de solicitud, al ser un local diferente, de dimensiones muy inferiores, en mas de la mitad, con estructura diferente, sin apenas patio, (mi local tenia un patio interior arbolado, con limoneros, Aguacates, melocotoneros, galán de noche, estanque con peces, tortugas, etc)

Adjunto Documentos 1 y 2.

A Los Jueces del TSJC, Los Ilustrísimos Magistrados D, JOSÉ JUANOLA SOLER, D. FRANCISCO LOPEZ VAQUEZ, Y D. MANUEL QUIROGA VAZQUEZ, Ante la omisión del deber, deslealtad, y traición ejercidos por mi “supuesta” Defensa Letrada, ocultando pruebas, y dejando intencionadamente transcurrir los plazos, sin actuar y ocultándomelo (indefensión), favoreciendo a la parte contraría, que consuma la expropiación fraudulenta. El no entregar ningún documento, videos, fotos, etc, que tenían míos, al TSJC, les hace cometer al dictar Sentencia 818 (R.nº 1215/03), el error de atribuirme como Letrado, al anterior D. Eduardo Moreno Ibáñez. D - 3

En la sentencia se tienen que haber dado cuenta del reiterado error cometido por el Ayuntamiento, pues al mencionar el local y poner la dirección no califican, cual es de los dos Bajos, sobre el que se esta actuando, pues los representantes del Ayuntamiento me vuelven a asignar el local mitad que el mío, en la entrada que hacen a este Tribunal en enero de 2006, volviéndome asignar (el Bajo 2) D –4, el corregido incorrectamente, como he comentado anteriormente (D – 2). Toda la sentencia se basa en las actuaciones que hizo el Ayuntamiento sobre otro local que no era el mío, sin que los letrados me defendieran, ni reflejen en los escritos como denuncia, este defecto de forma, realizado desde la primera notificación del 26 de septiembre de 2001, aunque mis abogados me quieren hacer creer que no tiene importancia, yo lo hago servir para evitar y retrasar el primer intento de toma de posesión de mi local (autorización para el 5-2-04), (D – 2), admitiendo como error tipográfico el defecto de forma, sin permitirme la comparecencia. De lo único que tenia constancia en esa fecha, y hasta enero del 2003, de documento publico, es el firmado por el Secretario General del Excmo. Ayuntamiento de Barcelona era: Certificado del Plan Especial de Reforma Interior del Raval, aprobado definitivamente el 18 de Abril de 1989, el cual además de afirmar que la finca NO esta afectada, la incluye y califica como: Casco Antiguo de Conservación. D – 5.

En esta sentencia (R.nº 1215/03), mencionan el recurso que entro, donde reconozco que todas las cartas que me llegan, las llevaba a consultar con Abogados, cuando pongo este recurso estoy aturdido (entrándome constantemente a robar, por estas fechas me comentan que en el Turo han matado a otro comerciante que querían expropiar, que le pasaba lo mismo que a mi, y que se quedo a dormir en el local para que no le robasen, y le mataron, D-6) y no me percato que hasta Diciembre de 2002 me seguían llegando cartas de PROCIVESA, a la dirección correcta, D-7, con lo cual, si la notificación que me tenían que haber enviado el 26 de septiembre de 2001 y sucesivas, venían a dirección errónea como pude comprobar después, D – 8, ¿este echo no implicaría un engaño intencionado, y una negación de comunicación? También implicaría que la empresa FOCIVESA, y el Ayuntamiento de Barcelona, actúan como una sola persona, coincidiendo en los dos estamentos, el mismo error de actuar sobre otro local diferente que el mío.

Una conocida me comentaba: Pero, si les hubiese sido mas ventajoso darte lo que te correspondía que corromper a tanta gente.

La conteste, no he sido yo solo, hemos sido miles a los que nos han matado sicológicamente, volveré a exponer solo uno de los muchos casos, y del cual hay dos testigos mas: el sacar de sus pisos a las 5 de la madrugada, a las personas indefensas, sin familia a punta de pistola, con la cual apuntaron a una vecina para que se volviese a meter en su casa.

FOCIVESA, sustituyo a PROCIVESA, por las investigaciones efectuadas, (en el barrio corría el rumor, que se había pillado al gerente Sr. Ballesteros, añadiendo un cero mas, al contrato firmado por las victimas de la Expropiación, el cual solía ser, la ínfima cantidad de 4.808 €, por perder la propiedad del piso), volviendo a contratar a la mayoría de los trabajadores, también han tenido y siguen teniendo que comprar silencios, como constituir en cooperativas de Construcción a Asociaciones de Vecinos, sindicatos, etc, los beneficios daban para mucho, D – 9.

Casualmente el otro día comprendí, por que los abogados tienen como una especie de tapete forrado de cuero para que firmes documentos, puesto que los documentos firmados sobre este recogedor de firmas, ejerce una función de calco por presión, con el único inconveniente de llenar con tinta los surcos copiados.

¿Qué puede reclamar un pobre y simple inocente, contra toda una maquinaria de robo institucionalizado, tan antigua, como la profesión mas antigua del mundo, con el único objetivo de recuperar su dignidad?

Mas de una vez he pensado en que me intentaran quitar de este mundo, he creado un blog para transportar mejor los documentos, a los Abogados interesados en llevarme el caso: http://mobbing-inmobiliario.blogspot.com

Sin quererle hacer perder mas el tiempo, exponiéndole los hechos de toda una vida que me han llevado a perder la fe en la Justicia, y sin comentar los graves hechos de los que no tengo pruebas, ......

Le agradezco el tiempo perdido en leer estas líneas. SOS.

Gracias.

20 de Noviembre de 2009







Sobre devuelto por estar la dirección equivocada.

jueves, 9 de julio de 2009

ABUSO DE PODER

Expropiación Coaccionada.



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miércoles, 8 de julio de 2009

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CARALUÑA Contencioso Administrativo Sección 3

9 de Febrero de 2010 Providencia.
8 de Febrero de 2010 Notificación Copiada en el TSJC
1 de Febrero de 2010 Recurso Extraordinario de Revisión





1 de Febrero de 2010 Entrada de Recurso Extraordinario de Revisión, esta vez con Procurador, pues la vez anterior no fue aceptado por no estar presentado por procurador.


26 de Octubre de 2009 Recibido Diligencia de Notificación
26 de Octubre de 2009 recibido Providencia











19 de Octubre de 2009 Providencia con los siguientes documentos devueltos: 13-10-09 Recurso de Suplica X; 28-9-09, nº R. 0301/41024/2009 devuelto X; registro corporativo devuelto; Carta para M. P. MARTÍN COSCOLLA también devuelta.
19 de Octubre de 2009 Diligencia de Notificación
13 de Octubre de 2009 RECURSO DE SUPLICA
9 al 13 de Octubre de 2009 Providencia, Devolución 1-10-09 Solicitud Certificado nº R. 1215/03 con testimonio de todas las actuaciones y sello de salida..
7 de Octubre de 2009, Providencia, primera que firmo como recibida, en la nota del procurador donde especifica los documentos que me ha entregado, pero no me da copia. Los Documentos dados por el Procurador J. M., son aparte de esta Providencia, Solicitud pidiendo Certificado nº R.: 1215/03, Copia hecha por TSJC también devuelta. , RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN no admitido y tachado con una X 21 de Septiembre de 2009 RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN.






14 de Septiembre de 2009 A M. Pilar MARTIN C. para darle a conocer la injusticia en que me encuentro


Certificado de la Sentencia 818 nº. A.: 1215/2003; No consta la fecha de notificación que se solicitaba.



Solicitud de Copia Certificada de la Sentencia 818

1 de Abril de 2009 carta de respuesta. ACUERDO DE LA EXCMA. SRA. PRESIDENTA














16 de Febrero de 2009 NO Ref. OAC Núm. 58-2009 La degradación del patio, con los árboles maltratados por la destrucción de los muros que lo cerraban, y el posterior arrojo de escombros, ...
13 de Febrero de 2009 a MARIA EUGENIA ALEGRE



13 de Febrero de 2009 a JOSÉ JUANOLA SOLER




13
de
Febrero
de
2009
a
MANUEL QUIROGA
VÁZQUEZ

13 de Febrero
de 2009 a
FRANCISCO
LOPEZ VAZQUEZ


28 de Enero de 2009 a
MARIA EUGENIA ALEGRE


28 de Enero de 2009 a MANUEL QUIROGA VÁZQUEZ



28 de Enero
de 2009 a

JOSÉ JUANOLA SOLER

28 de Enero de 2009 a FRANCISCO LOPEZ VAZQUEZ
La actuación de los letrados, creo que ha sido forzada, y presionada, por coacciones (a los pocos días de acudir al despacho del Paralelo, M. Echevarria. Me manifestaba que su hijo había tenido un accidente), como las que yo he sufrido: contra el inmueble: decapitar chimeneas de la finca; dos inundaciones en Agosto manipulando los depósitos de agua de la finca n. 11 y de la n. 9; tres incendios, tirar el muro que cerraba la finca; cortarme el suministro de agua, manifestando la compañía que se lo habían ordenado desde el Ayuntamiento; tirar paredes exteriores de la finca, y arrojando por estos grandes agujeros toda clase de material, como un gran mármol que me destrozo el techo de los lavabos; no cobrarme los recibos de alquiler, teniendo que ingresar el dinero en el juzgado de consignación; robos tan continuados, que las aseguradoras se niegan a asegurarme; cortes de suministro eléctrico; y contra mi persona: enviar 4 matones que me provocaron un desprendimiento de retina, atacando a los clientes que se pusieron en medio; el daño psicológico al no ser tratado como persona; tener que trabajar mas de cinco años sin descansar ni un solo día, protegiendo el local de los ataques que solían ser en tiempo vacacional, etc.
El abogado anterior, el tercero, Eduardo Moreno, después de hacerme firmar un documento donde cobrarían el y su hija % estipulado por el Colegio de Abogados, me dijo que cogiese lo que me ofrecían, que el no iría con mi caso al T.S.J.C., al preguntarle por su comisión, me dijo: “no te preocupes yo ya he llegado a un acuerdo con ellos (Rosa Fornas y Jose Maria de Torres Sanahuja)”, hace unos días he podido comprobar lo mucho que ha prosperado en 4 años
¿Por qué no se recurrió este primer escrito, estando siempre consultando todo con abogados?: Puede ser por defecto de forma pues las cartas iban dirigidas a otro bar-restaurante, que estaba al lado del mío.
Las distintas cartas enviadas a los representantes de los organismos públicos: Presidente del Gobierno, Presidente de la Generalitat, Ministro de Trabajo, Defensor del Pueblo, Síndic de Greuges, Alcalde de Barcelona, etc. Este ultimo me envió dos cartas, antes del brutal desalojo del 26 de Febrero de 2004, el cual se hizo sin que yo tuviese representación legal, donde decía: Puede usted estar seguro que la valoración de las intervenciones urbanísticas que requieren traslado de actividad, se realizan siempre sobre la base del dialogo y el consenso con los afectados..... Reprocho, que nadie de a los que he expuesto mi situación, se haya interesado por intentar resolver mi situación, pues, fui después de la sentencia a ver al Gerente de FOCIVESA, recibiéndome el
abogado “August ¿Ribeiro?”; Cuando este me manifestó que, tenia que haber ido a negociar con ellos antes de la sentencia, y que normalmente los acuerdos solían ser la mitad de la parte reclamante, yo me arrepiento constantemente por no haber adivinado este punto, ni que nadie me lo aconsejase, y no haberme pasado mas de cuatro años mendigando y rebuscando entre la basura, después de haber regentado un local emblemático de Barcelona, “fue el primer bar Irlandés de Barcelona”. Un eje cultural revitalizador del barrio.
El total aplastamiento, y robo del Ayuntamiento de Barcelona, por medio de una S.A. de la cual es accionista; esta (FOCIVESA), crea una Junta de Compensación, para quedarse con unos terrenos habitados (donde tenia mi local), para crear una zona verde de 3.000 m2, que no se crea, y se vende el terreno para hacer un hotel de lujo, oficinas, viviendas, etc.
Los documentos que se tenían que haber presentado en la sección 3 serían: fotos y vídeos del intento de desalojo de 5 de Febrero de 2004, y de la corregida orden y desalojo del 26 de febrero de 2004, donde no estaba ningún abogado que me representara, en las dos se negó a venir el letrado que me estaba llevando el caso Eduardo Moreno; de la decapitación de las chimeneas del edificio, del derribo parcial del edificio efectuado el 24 de noviembre de 2003, del incendio del edificio, de los cientos de actos culturales que se realizaban dentro de este referente cultural de Barcelona, etc. Y documentos como sentencia por la agresión de 4 matones del día 14 de Febrero de 2004, la cual no recoge el desprendimiento de retina por presentarme sin abogado, los documentos donde se ve que la dirección de la comunicación que tendría que ir a mi dirección iba a la dirección del bar-restaurante que no era el mío; las distintas correspondencias mantenida con PROCIVESA y después con su sustituta FOCIVESA, al Ayuntamiento, denuncia de mobbing al OMIC, contestación al Juzgado 12 de Barcelona, la mayoría los tenia que hacer yo, pues la cita que me daba el abogado para recibirme, era pasado el plazo de recurrir, denuncias al juzgado de guardia, a la Fiscalia, etc, en total mas de cien documentos relativos al caso, que no se presentaron, como pude comprobar cuando vi mi expediente. Lo que mas me dolió fue saber semanas antes de la sentencia, que no se me llamaría para declarar.
El abogado anterior a Eduardo Moreno, el letrado Álvarez del Manzano, al que yo califique que no me había aconsejado bien, al presentarle todos los documentos que yo recibía, y que no me hubiese dicho nunca que tales sentencias se tenían que recurrir, con la imprecisión de la memoria por la cantidad de tiempo pasado, dudo si realmente le presente estos, pues los escritos iban a otra dirección diferente de la mía...
Le pido me pueda dar una solución, para poder seguir luchando, por mi y por los compañeros que estuvieron trabajando para mí, que están esperando una sentencia favorable, para que les dé el finiquito que les tengo prometido; si no puede hacer nada le pediría que me recomendase un letrado que no se deje comprar, o que no se le pueda presionar, y que quiera llevar mi caso.
Gracias. 28 de enero de 2009
3 de Noviembre de 2008 Sentencia nº 818 ¿de quien se habrán reído los magistrados por no presentar ninguna prueba, ni documentación de ninguna clase, del demandante o de los abogados de este?
En diciembre cuando me dan la copia de la sentencía me la dan con el nombre del
abogado tachado, y me dicen que no diga nada hasta que pasen unos dias, pues todavía no es oficial, y que se lo ha conseguido el procurador de extranjis, ante mi insistencia. En la Sentencia nº 818 dice que he sido asistido por el Letrado D. Eduardo Moreno, no correspondiendo del todo con la realidad como acredita la Providencia 14-1-05





30 de Mayo de 2008 Providencia
de
de señalar votación y fallo. Este fue el otro documento que me presento el Abogado. Todos los otros manifestos y providencias, no los he visto hasta la recogida del Expediente de Pibernat Advocats, en Febrero. Y apuntes grapados al documento.






31 de Enero de 2006 Providencia esta grapado con manifiesto del
20-1-0516 de Enero de 2006 Providencia


3 de Enero de 2006 A la Sala. Este documento estaba grapado con un recibo de fax, y con el documento del 3-01-05
20 de Diciembre de 2005 Providencia.





1 de Junio de 2005 Este Auto grapado con Manifesto del 23 - 5 - 2005. no se me presenta, lo descubro en 2009 cuando se me devuelve el expediente. En elManifesto citado, de la parte contraria se puede ver por dos veces, que siguen cayendo en el error de adjudicarme el local contiguo, con la consecuencia de aparte del defecto de forma, la valoración también es incorrecta,
pues este otro local equivocado el Bajo 2, siendo la mitad de metros cuadrados
que el mío. En las dos



fotos que adjunto con estos documentos, se puede ver el bajo 2 que esta tapiado y tiene el letrero de Café Bar, y también mi local,
cuyo letrero
solo pone Ciutat Vella, pues desde un
principio se quiso orientar mas hacia un espacio



cultural, esta foto
fue
tomada
el
día
que se intento
tomar posesión
del bajo 2, y la señora del abrigo marrón (¿Secretaria Judicial, M. A. S. O.?), pudo
comprobar que mi local era
el bajo 1 y del que tenían la orden ya estaba tapiado (5-2-04).

Lo mas sangrante es que mis abogados al no aportar ninguna documentación que tenían mía, ni los documentos de mi local donde se podía ver, como les hice ver yo, en la primera toma de posesión de mi local, basándose las sentencias en que no recurrí en su momento, la perdida de mis derechos aprobados el 30-01-02, sobre un local que no era mio, sobre el Bajo 2, cuando mis derechos eran sobre el bajo 1, con lo cual, nunca he perdido mis derechos sobre mi local.







23 de Mayo de 2005 Providencia

22 de Febrero de 2005 Providencia, este documento es de los pocos que me da foto copia, y el del 30 de Mayo de 2008, fueron los únicos documentos que se me enseñaron antes de la entrega del expediente, sin contar la demanda y la sentencia.

31 de Enero de 2005 Escrito hecho por los Abogados P. A. y presentado por el procurador, donde queda de manifiesto que no dice, nada de que todo el proceso se ha hecho para otro local distinto del mío,
para dejarme
tranquilo hizo otro escrito que
dijo que presentaría en la
fiscalía que
era donde
correspondía entrar esta
queja, la cual comprobé en
2009 que no presento. Escrito no presentado en la Fiscalia.






20 de Enero de 2005 Manifestó entrado por el procurador de l'Ayuntament BCN. Donde se comete otra vez el error de decir que mi valoración es sobre el

local situado en la planta baja 2 mas altillo, de la calle Sant Rafaell nº 11, cuando es todo lo contrario, este
local es la mitad que el mío, con lo cual mienten:valoración 6-2-03


Este documento con fecha 3.01.2005, estaba grapado con otro que hay mas arriba, pues su fecha cambia en un año: 3 de enero de 2.006, supongo que el error esta en este documento, pues los primeros días del año, suelen darse estas confusiones hasta que te acostumbras al nuevo año. 



14 de Enero
de
2005 Providencia.



3 de Enero de 2005 Me lo entregarón grapado con el Documento: 3-1-06


30 de Junio
de
2004
Pibernat Abogados coge mi representación ante el tribunal




27 de Mayo de 2004 Poder Notarial a Pleitos. 27-5-04

23 de Diciembre de 2003 Admitido el recurso

2 de Diciembre de 2003. Recurso por el
Abogado Eduardo Moreno en el Contencioso Administrativo, con documentos adjuntos 2-10-03 r. 25-9-03 y